¿Cuál es el Objeto de la Regalía Minera?
Regalía minera es la contraprestación económica que pagan al Estado por la explotación de recursos minerales, metálicos y no metálicos. La regalía minera será pagada sobre el valor del concentrado o su equivalente, para el caso de minerales cuyos precios no cuenten con cotización internacional , pagan sobre el componente minero.
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Minerales |
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Metálicos |
No-Metálicos |
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Con Cotización Internacional |
Concentrado o Equivalente |
N:A. |
Sin Cotización Internacional |
Componente Minero = Concentrado o equivalente |
Componente Minero |
Venta:
Base de Referencia: a - b
a (valor bruto de venta) - |
b (diversos conceptos no asociados al proceso productivo) |
Empresas integradas : valor bruto de venta del producto final (total de ingresos generados por la venta de un producto comercial obtenido al final de cualquiera de los procesos de preparación mecánica, metalurgía, refinación, industriales y manufactura) |
Tasas, impuestos indirectos, seguros, costos de transporte, almacenamiento, embarque y estiba, así como otros costos o gastos asumidos por el exportador y pactados de acuerdo a los INCOTERM, de ser el caso. Para empresas integradas, la base de referencia tampoco incluye los costos de tratamiento (costos de producción directos e indirectos incurridos en el proceso de beneficio del mineral extraído, posterior a la obtención del concentrado o equivalente o componente minero) |
Ajustes a la Base de Referencia
Nacimiento de la obligación de pago de la regalía:
Determinación:
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BR correspondiente a minerales con cotización internacional |
Rangos de 1%, 2% y 3% en función a valor del concentrado o equivalente |
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BR de todas sus concesiones mineras en explotación |
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BR correspondiente a minerales sin cotización internacional |
1% sobre el componente minero |
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Minerales con Cotización Internacional
Cada mes:
Suma la BR de todo el año calendario a partir de enero hasta dicho mes inclusive, correspondiente a minerales con cotización internacional, de todas sus concesiones mineras en explotación, Aplica a dicho valor (suma de BR) los siguientes rangos, según esté o no autorizado a llevar contabilidad en moneda extranjera:
RANGOS |
VALOR BASE REFERENCIA |
% REGALIA |
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US $ mill (1/) |
S/ mill (2/) |
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Primero |
Hasta 60 |
Hasta 185.040 |
1% |
Segundo |
Por el exceso de 60 hasta 120 |
Por el exceso de 185.040 hasta 370.080 |
2% |
Tercero |
Por el exceso de 120 |
Por el exceso de 370.080 |
3% |
1/ | Autorizados a llevar contabilidad en moneda extranjera |
2/ | T/C de referencia correspondiente al ejercicio 2009 es de S/ 3.084 para los que lleven su contabilidad en moneda nacional, de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución Ministerial N° 039-2009-EF/15 del 20.01.2009 |
REGALÍA DEL MES | = | Regalía calculada acumulada hasta dicho mes - Regalía calculada acumulada hasta el mes anterior |
Minerales sin Cotización Internacional
Cada mes:
REGALÍA DEL MES = BR del mes * 1%