¿Quiénes están obligados a presentar la declaración jurada de renta?
- Rentas de Primera Categoría: alquileres por el arrendamiento de un inmueble.
- Rentas de Segunda Categoría: ganancia por la venta de un inmueble que no sea su casa habitación
- Rentas de Cuarta Categoría: Honorarios profesionales cobrados durante el año por el ejercicio independiente de su profesión
- Rentas de Quinta Categoría: Sueldos cobrados durante el año como empleado dependiente.
Y que se encuentren en cualquiera de las siguientes situaciones:
- Determinen un saldo a pagar.
- Arrastren saldos a su favor del impuesto de ejercicios anteriores o hayan aplicado dichos saldos contra los pagos a cuenta del Impuesto durante el año 2007.
- Tengan perdidas tributarias pendientes de compensar acumuladas al ejercicio gravable 2006 o tengan perdidas tributarias en el 2007.
- Cuando el total de las rentas de estas categorías obtenidas durante el año 2007 haya sido mayor a S/. 30,188.
- Cuando hayan percibido durante el año 2007, rentas de cuarta categoría por un monto mayor a S/. 30,188.
NO DEBERAN PRESENTAR DECLARACIÓN:
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