Devolución del Saldo a Favor del Impuesto a la RENTA a través de Internet
Al presentar su PDT 661 de Renta Anual 2008, inmediatamente, podrá presentar su solicitud de devolución con total confianza y seguridad, a través de la Internet.
Con este nuevo servicio se beneficiará a todas las personas que hubieran obtenido rentas distintas a las de Tercera Categoría como alquileres, ganancias por venta no habitual de inmuebles, honorarios por el ejercicio independiente de su profesión, entre otros durante el año pasado y que determinen saldos a su favor en su PDT 661.
Pasos:
Nota:
Si presentó con anterioridad (a la implementación de este sistema) la devolución del saldo a favor del Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio 2008, no podrá utilizar esta opción.