7.-Devolución del saldo a favor del Impuesto a la RENTA a través de Internet
Cuando los pagos a cuenta o retenciones sean superiores al impuesto anual, el contribuyente podrá optar por:
En ambos casos, se debe dejar expresa constancia de la opción elegida en la declaración anual de Impuesto a la Renta.
¿Cómo solicitar la devolución del saldo a favor?
Luego de haber presentado su PDT Renta Anual 2009 Persona Natural (formulario virtual Nº 663), inmediatamente, podrá solicitar, a través de Internet, la devolución del saldo a favor por las rentas del trabajo y/o el saldo a favor por rentas del capital, con total confianza y seguridad.
Pasos a seguir:
Si el declarante tiene saldos a favor por rentas del trabajo y por rentas del capital, podrá solicitar la devolución de ambos. Para tal efecto, deberá presentar un Formulario Virtual N° 1649 por cada tipo de renta.
Con este nuevo servicio se beneficiará a todos las contribuyentes que, durante el 2009, obtuvieron rentas distintas a las de Tercera Categoría como alquileres, honorarios por el ejercicio independiente de su profesión, entre otros y que determinen saldos a su favor en su PDT Renta Anual 2009 Persona Natural / Otras rentas.
"Recuerde que utilizando su Archivo Personalizado (descargable desde el sistema SOL), le será más fácil el llenado de su PDT Renta Anual 2009 Persona Natural y, además, de tener saldo a su favor, su Solicitud de devolución." |
* De no ingresar al referido enlace, el declarante solo podrá solicitar la devolución de su saldo a favor mediante el formulario físico N° 4949 "solicitud de devolución", salvo que rectifique o sustituya el Formulario Virtual N° 663.