1.- Obligados a presentar la Declaración de Renta Anual 2009

Están obligados los contribuyentes que durante el 2009:

  1. Generaron rentas o pérdidas de Tercera Categoría (las que se obtienen por haber realizado actividades comerciales, de servicios y/o industriales) y que pertenecen al Régimen General del Impuesto a la Renta.
  2. Las personas o entidades que hubieran realizado operaciones gravadas con el ITF, al ser generadoras de rentas de Tercera Categoría y hayan efectuado, durante el 2009, el pago de más del 15% de sus obligaciones sin utilizar dinero en efectivo o Medios de Pago.
  3. Obtuvieron rentas distintas a las de Tercera Categoría, tales como:

Y que, además, se encuentren en cualquiera de los siguientes supuestos:

Para el caso de rentas de Primera Categoría:

Para el caso de rentas de Trabajo y/o de Fuente Extranjera:

  • Tengan un saldo a favor del fisco.
  • Cuenten con saldos a favor de años anteriores y los deseen aplicar contra el Impuesto a la Renta, y/o hayan aplicado dicho saldo contra los pagos a cuenta por rentas de Cuarta Categoría durante el 2009.
  • Tengan pérdidas tributarias pendientes de compensar acumuladas en el 2008 y las quieran aplicar sobre las rentas netas del Trabajo del 2009
  • Hayan percibido durante el 2009, rentas de Cuarta Categoría por un monto superior a S/. 31,063.
  • Cuando la suma de la renta neta del Trabajo (Renta neta de Cuarta y Quinta Categorías) más la renta neta de Fuente Extranjera supere los S/. 31,063.

Importante:

Sobre la Declaración Anual del Impuesto a la Renta de Personas Naturales

El Impuesto a la Renta es un tributo de periodicidad anual que grava las rentas provenientes del capital o del trabajo. Los pagos a cuenta o retenciones que se hayan realizado durante el año 2009 son pagos anticipados al Impuesto anual y servirán para aminorar (reducir, descontar) el impuesto anual que se determine en la declaración jurada anual