PDT 0621 - IGV Renta
3ra. v4.7 - Dirigido
a los contribuyentes afectos al IGV, Impuesto a la Renta de Tercera
Categoría y aquellos que paguen rentas a trabajadores independientes
(domiciliados o no) aún cuando no tengan obligación de efectuar retención
alguna. Incluye cambios en el régimen especial (Decreto
Legislativo. 938 que modifica la Ley del Impuesto a la Renta
"Régimen Especial" ) a partir del período Enero del 2004, tasa
del Impuesto a la Venta de Arroz Pilado. Para mayor información acerca de
éste ultimo tema, puede consultar el siguiente módulo: Impuesto
a la Venta del Arroz Pilado. Incluye cambios en el IVAP (D.S.
137-2004-EF, Leyes 28211 y 28309) y los cambios en percepciones de Ventas
internas (R.S. 189-2004-EF), la Ley N° 28378 Ley que deroga el Impuesto
Extraordinario de Solidaridad, la casilla para usar como crédito el pago
del ITAN contra los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta y la utilización
de la retención de renta de 3ra. Categoría efectuada en las liquidaciones
de compra.
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Base Legal | R. Superintendencia N° 005-2008 publicada 12.01.08 (última versión) |