Aspectos
a tener en cuenta
- Revise los montos
informados en su PDT DAOT. Si usted es un sujeto del IGV, los montos
de los ingresos y gastos informados en su DAOT no pueden ser superiores a la
suma anualizada de sus ventas y compras internas informadas a
través de sus declaraciones juradas mensuales de IGV; es por ello que no
debe informar en la DAOT, exportaciones, importaciones, servicios prestados
por no domiciliados entre otros.
- Es importante que
usted declare correctamente los datos de identificación (número de RUC o
del DNI u otro, según corresponda) de sus clientes o proveedores.
- No se deberá
informar en la DAOT los servicios considerados como rentas de cuarta categoría
sustentados con Recibos por Honorarios.
- Algunos de los
errores más frecuentes en que incurren los obligados a presentar esta
declaración:
§
Inclusión de ceros
adicionales en los montos informados.
§
Consignan el monto de
las importaciones como una transacción realizada con la agencia de aduanas.
§
Declaran las operaciones
de comercio exterior (exportaciones e importaciones), cuando en la DAOT sólo se
informan operaciones internas.