Sujetos
obligados a presentar la DAOT 2009.
Se
encuentran obligados a presentar la DAOT los sujetos que:
Para el cálculo de las ventas internas considere: |
|
Si
usted declara a través del |
Sume
las casillas |
PDT 621 |
100
+ 105 + 109 + 112 + 160 |
Formulario 621 Simplificado IGV-Renta Mensual |
100
|
Formulario 118 |
100
+ 105 |
Formulario 119 |
100 |
Para el cálculo de las compras internas considere: |
|
Si
usted declara a través del |
Sume
las casillas |
PDT 621 |
107
+ 110 + 113 + 120 |
Formulario 118 |
107
+ 111 |
Formulario 119 |
107 |
Para el cálculo de las adquisiciones: |
|
Si
usted declara a través del |
Sume
las casillas |
PDT 621 |
107
+ 110 + 113 + 120 |
Formulario 621 Simplificado IGV-Renta Mensual |
107
|
Formulario 118 |
107
+ 111 |
Formulario 119 |
107 |
Para
elaborar la declaración deberá utilizar el PDT Operaciones con Terceros
Formulario Virtual 3500, versión 3.3.
I
M P O R T A N T E |
Los
sujetos obligados que no tuvieran Operaciones con Terceros a
declarar, es decir; la suma de los montos de las transacciones
realizadas con cada tercero (cliente o proveedor) no supera dos (2) UIT
(S/ 7,100 para el 2009), deberán informarlo a la SUNAT presentando su
"Constancia de no tener información a declarar ". La
presentación de la "Constancia de no tener información a
declarar" se deberá realizar exclusivamente a través
del módulo SUNAT Operaciones en Línea en SUNAT Virtual www.sunat.gob.pe.,
dentro del mismo cronograma de vencimientos. |
19.04.10