Operaciones a informar

Se deberá incluir en la DAOT, las Operaciones con Terceros que el declarante hubiera realizado durante el ejercicio en calidad de proveedor o cliente. Se entiende como Operación con Tercero a la suma de los montos de las transacciones realizadas con cada tercero (cliente o proveedor), siempre que dicha suma sea mayor a dos (2) UIT. Para el ejercicio 2009 será de S/. 7,100.00.

Cronograma de Presentación de la DAOT 2009

19.04.10