Operaciones a informar
Se deberá incluir en la DAOT, las Operaciones
con Terceros que el declarante hubiera realizado durante el ejercicio en calidad
de proveedor o cliente. Se entiende como Operación con Tercero a la suma de los
montos de las transacciones realizadas con cada tercero (cliente o proveedor),
siempre que dicha suma sea mayor a dos (2) UIT. Para el ejercicio 2009 será de
S/. 7,100.00.
Cronograma
de Presentación de la DAOT 2009
19.04.10