¿Quiénes son sujetos obligados al Pago de Regalías Mineras?

Son sujetos obligados al pago de la regalía minera, los titulares de las concesiones mineras, incluyendo a las empresas integradas que realicen actividades de explotación de recursos minerales metálicos o no metálicos, o los cesionarios que realizan dichas actividades según lo establecido en el Título Décimo Tercero del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería.

En el caso de los pequeños productores y mineros artesanales, contemplados en el artículo 91 de TUO de la Ley General de Minería, la regalía será de 0 % , asimismo están exonerados de declarar mensualmente.

Los Proyectos Mineros que hubieran pactado regalías mineras antes de la vigencia de la Ley Regalías Mineras se rigen por sus contratos, así como los que a la fecha de vigencia de la Ley de Minería se encuentren en proceso de licitación, se rigen por sus respectivas bases aprobadas por PROINVERSIÓN.